Cómo obtener la opinión de cumplimiento 32-D
La Opinión de cumplimiento 32-D se genera en el portal del SAT con tu contraseña o tu e.firma. Si no estás conforme con el resultado, presentas una aclaración en Mi Portal.
Qué es y para qué te la piden
Es el reporte del SAT sobre si estás al corriente con tus obligaciones fiscales. El fundamento es el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.
Te la piden para contratar con el gobierno, pedir un estímulo o un subsidio, o hacer ciertos trámites fiscales. También aplica a comercio exterior y a autorizaciones en materia de impuestos.
Una opinión positiva vale treinta días naturales en la mayoría de los casos. Para estímulos o subsidios vale tres meses desde el día de emisión.
No es una resolución favorable sobre el cálculo de tus impuestos. El SAT lo dice en su ficha del trámite.
Cómo tramitarla en el portal del SAT
El camino más corto es el portal. Necesitas tu contraseña o tu e.firma vigente. El servicio está disponible las 24 horas.
- Entra a la Opinión del cumplimiento en el portal del SAT.
- Pulsa Iniciar.
- Ingresa tu RFC con tu contraseña o tu e.firma.
- Escribe el texto del Captcha si el portal lo pide.
- Pulsa Enviar.
- Guarda o imprime el PDF de tu Opinión.
Si no puedes entrar al portal, MarcaSAT recibe la solicitud al 55 627 22 728. También puedes escribir a opinioncumplimiento@sat.gob.mx. El SAT envía la opinión en hasta 24 horas al correo de tu e.firma.
Puedes autorizar a un tercero para consultarla. El detalle está en la guía de Opinión y cumplimiento del SAT.
El SAT cambia estas fichas sin avisar
Los pasos y la vigencia salen de las fichas del SAT leídas el 17 de septiembre de 2026. Confirma el plazo en el portal antes de citarlo a un cliente.
Las causas más comunes de que salga negativa
Antes de tramitarla, revisa lo que el SAT exige para emitirla en sentido positivo. Si algo de esa lista no se cumple, la opinión sale negativa.
| Qué revisa el SAT | Qué implica |
|---|---|
| RFC activo | Debes estar inscrito y con estado fiscal activo |
| Declaraciones | Debes estar al corriente en las que marca la RMF |
| Listado 69-B | No debes aparecer en el listado definitivo |
| Créditos fiscales | No debes tener créditos firmes o exigibles sin garantía |
| Domicilio | Debes estar localizado ante el SAT |
| Sentencia fiscal | No debes tener sentencia condenatoria firme por delito fiscal |
| Listado 69-B Bis | No debes aparecer en ese listado |
Para quien ya factura, las causas más frecuentes son declaraciones omitidas y créditos fiscales firmes. Revisa la tabla anterior antes de presentar una aclaración.
Si presentaste declaraciones en cero y a la vez emitiste CFDI, el SAT tiene una etiqueta propia para aclararlo. No uses la de créditos ni la de RFC.
Qué hacer si sale negativa
Presenta una aclaración en Mi Portal cuando no estés conforme con el resultado. También puedes hacerlo por el Buzón Tributario.
En Mi Portal elige Servicios por internet, luego Aclaraciones y Solicitud. Escoge la etiqueta según la causa:
- Dec opinión del cumpl, si el problema son declaraciones.
- Créditos opinión del cumpl, si el problema son créditos o garantías.
- RFC opinión del cumpl, si el problema es tu situación en el padrón.
- Opinión del cumpl cero/CFDI, si declaraste en cero y emitiste CFDI.
Adjunta el PDF de la opinión y el soporte de tu aclaración. Envía el trámite y guarda el acuse con folio. Los pasos están en la ficha de aclaración del SAT.
Si la aclaración procede, el SAT te entrega una opinión nueva. Si no procede, te responde por el mismo canal.
Cómo Oden Tax la consulta por ti
Subes tu e.firma una vez en Configuración > Certificados. Oden Tax consulta la Opinión con esa e.firma y te avisa por correo cuando el PDF está listo.
En esa misma pantalla ves el sentido, el folio y hasta cuándo vale. Puedes bajarla o pedir una actualización sin entrar al portal del SAT.
Es la tuya, la del emisor. El SAT sólo entrega la Opinión de quien se autentica. No sustituye la aclaración. Si sale negativa, el trámite de Mi Portal sigue siendo tuyo.
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La Constancia de Situación Fiscal suele pedirse junto con esta Opinión. Esa guía explica cómo bajarla.
Esta guía explica cómo funciona el sistema del SAT. No es asesoría fiscal: no decimos qué régimen te conviene, qué deducir ni qué presentar.
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